viernes, 18 de febrero de 2011

Los seguros de vida


SEGUROS DE VIDA


Los seguros cubren aquellas necesidades de seguridad que toda persona demanda para poder afrontar, con unas garantías mínimas, aquellos sucesos inesperados y no deseados que pueden ocurrir en cualquier momento, y que afectarían de hecho a su persona (para ello existen los seguros de vida, enfermedad, accidente), a sus bienes básicos (seguro de hogar, diferentes vehículos...), a su actividad profesional, o a su patrimonio en general (responsabilidad civil). Pero uno habitual entre nosotros es el SEGURO DE VIDA.
Es una operación sobre personas en las que los sucesos están asociados a las probabilidades de vida o muerte. Los capitales se tratan de una variable causal y su duración son siempre de larga duración.  Esta operación se realiza a través de las Matemáticas Actuariales y en concreto por la Biometría.
Biometría: estudio de los organismos vivos, mediante métodos estadísticos-matemáticos.  La muerte es un acontecimiento aleatorio relacionado con el fenómeno de la vida.


¿QUÉ SON LOS SEGUROS DE VIDA?
Se define un contrato de seguro de vida a los distintos tipos de pólizas que comprenden todos los riesgos que puedan afectar a la existencia, integridad corporal o salud del asegurado.
La característica intrínseca de este contrato es indemnizatoria dado que el asegurador se obliga, mediante el cobro de la prima estipulada y dentro de los límites establecidos en la Ley y en el contrato, a satisfacer al beneficiario un capital, una renta u otras prestaciones convenidas, en el caso de muerte o bien de supervivencia del asegurado, o de ambos eventos conjuntamente.
 Están regulados y contemplados por la Ley 50/1980 de los contratos del seguro, siéndole de aplicación la misma o en su defecto la legislación mercantil vigente.


TIPOS DE SEGUROS DE VIDA


 Los seguros de vida pueden realizarse a título individual o colectivo, siempre y cuando se seleccione un grupo de personas que estén afectados por el mismo riesgo. Ejemplo: el seguro colectivo para los bomberos.
Pueden tener duración determinada o indeterminada en función del riesgo cubierto y pago de la cobertura asegurada. En el caso de seguros de vida con aportaciones periódicas, si a partir del segundo año se suspende el pago de las primas, el contrato de seguro no puede ser revocado, sólo se puede reducir el importe de la prima y las condiciones de rescate del mismo.

Dependiendo del tipo de riesgo que cubran:
  • Si el riesgo es de fallecimiento,  la compañía deberá indemnizar con la cantidad pactada en la póliza a los beneficiarios;
Dentro de este tipo de seguro podemos destacar.
1)      Seguro sobre la vida entera: Garantiza el pago de un Capital pagadero al fallecimiento del asegurado, en cualquier momento que este ocurra.

Ax = v*qx+v2 1/qx + v3 *2/qx+……vn*n-1/qx+…..= ∑ vt t-1/qx   desde        t =1 hasta w

2)      Seguro vida entera diferido n años: Garantiza el pago de un capital al fallecimiento del asegurado en cualquier momento que este ocurra transcurrido n años.

              n/Ax =∑ v t  t-1/qx   desde t= n+1 a w

3)      Seguros Temporales: Se garantiza el pago de un Capital unitario pagadero al fallecimiento del asegurado siempre que ocurra dentro de un periodo de tiempo fijado en el contrato, es decir dentro de n años (x,x+n).
A’x:n    I      =  ∑ vt t-1/qx     desde t=1 hasta n                      A’x:n I  = Ax  - n/Ax

t-1/q x  ES LA PROBABILIDAD DE QUE UN INDIVIDUO DE EDAD X FALLEZCA EN EL AÑO T-ÉSIMO (X+T-1)

V = (1+i)^(-t)

Respecto a los seguros de muerte, queda excluidos únicamente las causas que así estén contempladas en la póliza de seguro. En el caso de muerte dolosa del beneficiario del seguro al tomador del mismo, el patrimonio del seguro se integra dentro del patrimonio del asegurador.
Para el caso de suicidio, como caso más polémico tenemos que saber que la póliza si cubre este fallecimiento salvo pacto en contrario en la póliza de seguro. Se entiende por suicidio la muerte producida voluntaria y conscientemente por el asegurado.
  • Si el “riesgo” es de supervivencia la compañía está obligada a abonar el capital asegurado, si el asegurado vive al término de la póliza.
Dentro de este tipo podemos destacar:
1)      Seguros de capital diferido: garantiza el pago de un capital unitario en n años  si el asegurado vive a la  edad x+n. Es un seguro típico de ahorro.

n Ex = v n * n Px

Px =( lx+1) / lx   tanto anual de supervivencia: probabilidad de que un individuo de edad x alcance con vida x+1

2)      Seguro de Renta vitalicia: Consiste en el pago de una renta, hasta el fallecimiento del asegurado, si este vive en una fecha determinada.

3)      Seguros en caso de vida con contraseguro en caso de muerte: En caso de muerte, cubre la contingencia de que el asegurado fallezca antes de la fecha prefijada en el contrato.


4)      Seguros con capital reservado: Modalidad del seguro de renta vitalicia que garantiza el pago de un Capital determinado si el asegurado muere al poco tiempo de ser beneficiario de aquella renta.

·         Asociado a la probabilidad de vida y muerte

1)      Seguro mixto: que garantiza el pago de un capital unitario al fallecimiento de un asegurado si ocurre en el transcurso de n años o el pago de un capital unitario si el asegurado vive a la edad x+n .

A x: n I  = A’x:n I +   nEx

2)      Seguro mixto a capital doblado: Garantiza un capital n pagadero al fallecimiento si ocurre dentro de n años o el doble del capital de fallecimiento si el asegurado vive a la edad x+n.

A x: n I  = A’x:n I + 2 nEx
  
                Un capital unitario si fallece el asegurado a cualquier edad.
                      Un capital unitario si vive el asegurado en el año x+n

Otras modalidades:
-          Seguro integral: que garantiza un capital unitario al término del periodo fijado siempre que el asegurado haya fallecido dentro de ese periodo.
∏ x:n I = vn * /n  qx
-          Seguro a término fijo: garantiza el pago de un capital unitario viva o muera el asegurado al término del periodo fijado.
∏ x:n I  = v n

-          Seguro de Amortización de Prestamos, de subrogación o de anualidades: Se garantiza el pago de anualidades pendientes de amortizar desde el fallecimiento del asegurado hasta el final del contrato de préstamo.

∏x:n = ( an    -  a x: : n  ) *α         α: anualidad de la amortización del préstamo.
                                                 an   Renta financiera
                                                 a x: n    Renta actuarial
            α = C0 *a-1 n   i                       an = 1-Vn/i               a x : n  =( Nx+1  - Nx+n+1)/ Dx              

-          Seguro combinado de capital vida entera y renta: Se garantiza el pago de un capital unitario al fallecimiento del asegurado, en cualquier momento que ocurra y una renta de cuantía α que empezará a pagarse si transcurridos n años el asegurado vive.

∏ x: n I= Ax  +  α n/ax

También puede distinguirse entre:
·         Los seguros de vida temporal constante por los cuales, en caso de fallecimiento o invalidez del asegurado, el beneficiario percibirá anualmente cierta cantidad de dinero.
·         El seguro de vida temporal decreciente que se contrata generalmente cuando el asegurado suscribe una hipoteca. El capital asegurado va disminuyendo de forma proporcional a la cantidad adeudada a la entidad financiera.


PERSONAS QUE INTERVIENEN EN EL CONTRATO 



·         Entidad aseguradora. que emite la póliza, cobra las primas y paga los capitales asegurados en caso de siniestro.
·         Tomador del seguro: Es la persona fí­sica o jurídica que contrata la póliza, se obliga al pago de las primas y designa a los beneficiarios del contrato.
El tomador podrá modificar esta designación de beneficiarios sin necesidad de consentimiento del asegurador.  Si en su póliza figura designado un beneficiario que no existe porque ha fallecido, la compañía no pagará ninguna indemnización. Por lo que se ha de comunicar el cambio del beneficiario a la aseguradora.
 En el caso de que el tomador del seguro sea una persona fí­sica, debe ser mayor de edad, o menor emancipado, y con capacidad jurí­dica para contratar.
·         Asegurado.-Es la persona fí­sica (una persona jurí­dica no puede ser asegurado en un contrato de vida) a la que se garantizan los riesgos asegurados.
No se puede contratar un seguro para caso de muerte para menores de catorce años o personas legalmente incapacitadas. Si el asegurado es menor de edad, será necesaria la autorización por escrito de sus representantes legales.
La edad máxima en la que se puede permanecer en el seguro es variable en función de cada entidad aseguradora, situándose por lo general entre los 65 y 70 años.
En el caso en que el tomador del seguro y el asegurado sean personas distintas, este último tiene que prestar su autorización expresa para ser asegurado.
·         Beneficiarios.- Son las personas físicas o jurídicas designadas por el tomador del seguro, con derecho a percibir el capital asegurado en caso de que se produzca un siniestro que afecte a alguno de los riesgos garantizados.
La muerte del asegurado, causada dolosamente por el beneficiario, privará  del derecho a percibir la prestación establecida, que quedará integrada en el patrimonio del tomador del seguro.
Con anterioridad a la firma del contrato de seguro de vida, la compañía aseguradora exige la realización de diferentes análisis y pruebas médicas, cuyo coste no es asumido por la propia compañía, para certificar el buen estado de salud del asegurado en el momento mismo de la firma de la póliza.

            Es en las cláusulas del propio contrato de seguro donde se enumeran todas las condiciones de cobertura, así como todas y cada una de las limitaciones y exoneraciones de la propia cobertura (el ejemplo más claro recogido por todas las compañías es el caso de suicidio). 


 LAS PRIMAS
La prima es el precio del seguro., es decir el precio que paga el asegurado por el riesgo que asume la Compañía.  Es un valor muy variable, dado que su cuantía va a venir determinada por el tipo de prestación que vamos a recibir junto con las características del pago de la misma. En este caso, existen combinaciones múltiples tanto de configuración de primas como de recepción de capitales.
Un ejemplo: Seguro de muerte a pago único por prima determinada durante un año. Podemos pagar una prima de 200 euros para cubrir la muerte durante un año del asegurado por importe de 100.000 euros. Si al finalizar el año, el asegurado no ha fallecido, la póliza se extingue por su llegada a vencimiento.
·         En los Seguros de capitalización, podemos establecer un sistema de pagos periódicos de primas de tal forma que llegado el vencimiento de la póliza o el fallecimiento del beneficiario se recibe un capital junto con la capitalización del mismo o las garantías que se establezcan en la póliza.
La edad actuarial es la que tiene el asegurado, incrementada en un año si hubiesen transcurrido más de seis meses desde la fecha del último cumpleaños.
También influye en el importe de la prima el sexo del asegurado. Para una misma edad las mujeres pagan una prima inferior a la de los hombres, ya que la mortalidad masculina es superior a la femenina a la misma edad.
Las clases de primas pueden ser de varios tipos: 1) única o periódica; 2) constantes o variables; 3) natural (que corresponde al riesgo que se cubre en un periodo) o media (cálculo aproximado de un valor constante para todos los periodos); 4) fraccionadas o fraccionarias (referidas a un periodo inferior al anual)

SUPUESTO DE RENTA VITALICIA MENSUAL a los 60 y 65 años
C2 = 1*12*  ä₆₀ - 13/24          =128,97             ä₆₀ = 11,28918  para 1 €
C1 = 1*12* ä₆₅ -  13/24          = 112,88             ä₆₅ = 9,94846   para 1€

Formación del precio del seguro  (PRIMAS)
-         
 L PRIMA PURA es la que cubre el riesgo de la operación y la rentabilidad de los activos. Calculada en bases técnicas de 2º orden.    Pax= Ax.
            Las Bases Técnicas de 1er orden tabla de mortalidad desfasadas y el t/i es inferior al de la rentabilidad de las inversiones)
            Las Bases Técnicas de 2º orden son las que operan con la mortalidad real del colectivo a tipo de interés real, explicando todo lo que se recarga y porque concepto.
-          
      PRIMA PURA RECARGADA      P 1 = P +P*Λp = P ( 1+λ)

-      PRIMA DE INVENTARIO            p’ = p + gi          gi = gastos de gestión interna o administración ( sueldos y salarios, amortización de inmuebles…). Se producen en tanto dura la operación. Se giran sobre el capital o capitales asegurados y por toda la duración del contrato. Se dan en tanto por mil.
  
      PRIMA COMERCIAL                   P’’ = P’ + ge                       ge = gastos gestión externa , gastos de  producción, mantenimiento  y gastos de cartera y cobro, comisiones


REGIMEN FISCAL DE LAS PRIMAS
·         De acuerdo con la legislación vigente las primas de los seguros de vida no son deducibles en la declaración del I.R.P.F.

PRESTACIONES 

En caso de fallecimiento del asegurado:
·         Fotocopia del DNI del asegurado y del beneficiario o beneficiarios.
·         Certificado de defunción del asegurado.
·         Certificado del médico o médicos que hayan asistido al asegurado, detallando la historia clí­nica y la naturaleza de la enfermedad o accidente que le ocasionó la muerte.
·         Certificado del Registro de Actos de Últimas Voluntades, copia del último testamento, Auto Judicial o Acta Notarial de Declaración de Herederos.
·         Documentos fehacientes que acrediten la personalidad y condición de los beneficiarios o cesionarios.
·         Carta de Pago o declaración de exención del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
·         En caso de que el fallecimiento del asegurado hubiese sido a consecuencia de accidente o accidente de circulación deberá aportarse también testimonio de las diligencias judiciales o documentos que acrediten que el fallecimiento se ha producido por accidente y en su caso, que es de circulación.


REGIMEN FISCAL DE LAS PRESTACIONES 

Prestaciones por fallecimiento.
·         Las prestaciones por fallecimiento del asegurado, cualquiera que sea su causa, están sometidas a la liquidación por cada uno de los beneficiarios del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
·         En la base imponible de este impuesto se aplican reducciones en función del grado de parentesco entre el asegurado y cada uno de los beneficiarios.

RESERVAS MATEMÁTICAS
Permiten el equilibrio en cualquier momento de las operaciones entre las obligaciones del asegurado y del asegurador. Consiste en hallar la diferencia entre el valor actual actuarial entre ambos. Se parte de que la reserva en el origen es nula.




0                                                                                                                         t
  l                                                                                                                         l

X
0Vx=0
V(x,0) Reserva en el origen                                                  tVx = V(x,t) R. Matemática
A(x,0) obligaciones en origen asegurador                              A(x,t) ≠ ∏ (x,t)
∏ (x,0) obligaciones en origen asegurado                                             ∏ (x,t) + tVx  = A(x,t)

Se puede calcular por:
a)      Método prospectivo: obligaciones futuras del asegurador en t menos las obligaciones futuras del asegurado en t

b)      Método retrospectivo: Valorar actuarialmente al momento t  en el que se plantea la reserva. Diferencia en el origen de la operación  entre las primas satisfechas por el asegurado hasta t y el riesgo asegurado hasta t 

c)       Método recurrente: Pone las reservas de un año en función de las del año anterior
  
                                                               A(x,t)  - ∏ (x,t)  = tVx

El seguro de vida es hoy en día una necesidad que nos aporta tranquilidad.

-Matemáticas actuariales de Ubaldo Nieto De Alba



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